Eliminación de beneficios fiscales en Sucesiones y Donaciones en Aragón

A día de hoy muchos contribuyentes residentes en Aragón prefieren donar en vida su legado a sus hijos antes que dejárselos en herencia ya que les resulta más económico como consecuencia de las ventajas fiscales existentes. A partir de ahora esto va a cambiar. El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de Medidas para el Mantenimiento de los Servicios Públicos que incluye nuevos impuestos y modificaciones tributarias que entrarán en vigor el día 1 de enero de 2016, volviendo en el caso de las donaciones a valores de 2011.

Concretamente se eliminan los siguientes beneficios fiscales:

  • La bonificación del 65% para los patrimonios preexistentes de más de 402.000 euros, aunque se mantienen los beneficios para las herencias pequeñas y medias. La medida no afectará a la vivienda familiar ni a los planes de pensiones. Desaparece el art. 131-8 “Bonificación en adquisiciones mortis causa” del texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos.
  • Y la más importante, la reducción del 100% si el valor de los bienes que pasan de padres a hijos no supera los 300.000 euros y si ambos residían en la comunidad. Desaparece el art. 132-2 “Reducción en la base imponible del impuesto a favor del cónyuge y de los hijos del donante” del texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos.

Con la eliminación de esta reducción, si un padre decidía donar a sus hijos una vivienda valorada en 198.000 € , siendo ambos residentes en la comunidad, se podía aplicar la reducción del 100% y estaba exento de pagar el impuesto. Mientras que a partir del 1 de enero 2016 le supondrá pagar un impuesto según tablas de 31.215,85 €
Otros tributos que también sufren modificaciones son:

-Impuesto de hidrocarburos: El proyecto de ley establece un tipo autonómico del impuesto especial de hidrocarburos .Este impuesto NO afectará a transportistas, taxistas ni agricultores ni tampoco tendrá incidencia en el gasóleo de calefacción, es decir, afecta al combustible para automoción.

-Patrimonio: Se reduce el mínimo exento actual de 700.000 euros a 500.000 euros.

 

 

-IRPF:

-Se crean cuatro nuevos tramos para los niveles superiores de renta, establecidos por ley a partir de 90.000 euros, con tipos impositivos que van desde el 23,5% al 25%.

-Se suprime la deducción del 10% de la cuota del IRPF por primas de seguros privados de salud.

 

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