TODAVIA PUEDES AHORRAR IMPUESTOS EN 2016

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Aunque parece que aún queda mucho tiempo para confeccionar la declaración de la RENTA DE 2016, AHORA, con prácticamente todos los datos de 2016 en nuestra mano, y con 1 MES Y MEDIO por delante para terminar el año… ES EL MOMENTO de REVISAR cual va a ser nuestra factura fiscal y por lo tanto es el MOMENTO de ACTUAR para poder REDUCIRLA.

 

Los 2 principales productos que actualmente más nos ayudan a reducir la tributación en IRPF son la DEDUCCION POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL (régimen transitorio) y la REDUCCION POR APORTACIONES A SISTEMAS DE PREVISIÓN SOCIAL (PLANES DE PENSIONES, PLANES DE PREVISIÓN ASEGURADOS…), por lo que a continuación os hacemos un breve resumen de los principales aspectos de los mismos.

 

Asimismo os informamos que al compartir oficina con nuestros compañeros de seguros, Jesús Segura Correduría de Seguros, tenemos posibilidad de facilitaros alternativas a vuestro plan de pensiones para conseguir una mayor rentabilidad.

Os adjuntamos el tríptico de Generali con las ventajas de contratación hasta 31/12/2016 (traspaso y aportaciones).

Sí queréis que revisemos la rentabilidad de vuestro plan actual enviadnos un email a contabilidad@lorenteylorente.com o llamadnos por teléfono al 976229867.

http://lyl.ril.es/wp-content/uploads/2016/11/ahorro-planes-pensiones-2016.pdf

 

DEDUCCION VIVIENDA HABITUAL

Recordatorio antes de finalizar el año 2016…..

APORTACIONES

Esta deducción está disponible para cualquier persona que haya comprado una vivienda antes de 2013, sin importar su nivel de ingresos, siempre que el uso de la misma sea para vivienda habitual.

La desgravación es de un 15% sobre las cantidades aportadas, con un LÍMITE máximo de 9.040 euros por declaración tanto en tributación individual como en tributación conjunta.

La cantidad sobre la que aplicar el 15% de deducción se obtiene de la suma del capital amortizado, los intereses satisfechos y los gastos derivados de la financiación -la hipoteca-, como por ejemplo un seguro de vida ligado a la misma y que la mayoría de bancos obliga a contratar junto con el préstamo hipotecario.

 

PLANES DE PENSIONES

 Recordatorio antes de finalizar el año 2016…..

 APORTACIONES

LIMITES DE APORTACIONES ANUALES

Desde 01/01/2015, independientemente de la edad del partícipe, el límite de aportaciones es:

La menor de : 8.000 euros o 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

APORTACION A FAVOR DEL CONYUGE

Desde 01/01/2015, la aportación máxima con derecho a reducción en la base imponible del aportante por las aportaciones a favor del cónyuge (con rendimientos netos del trabajo o actividades económicas inferiores a 8000 euros) es de 2.500 euros

RESCATES

POSIBILIDAD DE RESCATAR DERECHOS CONSOLIDADOS CON 10 O MAS AÑOS DE ANTIGÜEDAD  a contar a partir del 1/1/2015

A partir de 1 de Enero de 2025 se podrán reembolsar derechos consolidados con 10 años o mas de antigüedad.

RESCATE DE CANTIDADES APORTADAS ANTES DE 1/1/2007: Requisitos para poder aplicar reducción 40%. Se mantiene el régimen transitorio de la reducción del 40% aplicable a las prestaciones de planes de pensiones percibidos en forma de capital, pero ojo con los plazos

PLAZOS (muy importante!!!!):

 

** PARA CONTINGENCIAS NUEVAS (Jubilaciones…a partir de 1/1/2015)

Se podrá aplicar la reducción del 40% cuando se solicite el cobro de la prestación en el mismo ejercicio en que acaezca la contingencia o en los 2 siguientes.

OJO JUBILACIONES EN 2015 O 2016 !!!! PLAZO HASTA 31/12/2017 O 31/12/2018 RESPECTIVAMENTE (para aplicar la reducción del 40%)

 

** PARA CONTINGENCIAS ACAECIDAS EN LOS EJERCICIOS 2011 A 2014

Se podrá aplicar la reducción del 40% cuando se solicite el cobro de la prestación hasta la finalización del octavo ejercicio siguiente a aquel en el que acaeció la contingencia

 

** PARA CONTINGENCIAS ACAECIDAS EN LOS EJERCICIOS 2010 o anteriores

Se podrá aplicar la reducción del 40% cuando se solicite el cobro de la prestación hasta 31 de diciembre de 2018.

 

** ADEMÁS, INDEPENDIENTEMENTE DE ESTOS PLAZOS, LA REDUCCIÓN DEL 40% SOLO SE APLICA 1 AÑO, por lo tanto, sí existen varios planes de pensiones con derecho a reducción, cuando se decide rescatar la parte de las aportaciones con reducción, se deben hacer DENTRO DEL MISMO EJERCICIO.

 

Recomendamos NO TENER PRISA a la hora de RESCATAR UN PLAN DE PENSIONES, hay que ESTUDIAR LA TRIBUTACION en IRPF del rescate haciendo varias SIMULACIONES EN RENTA ya que podemos AHORRARNOS bastante DINERO .

Para cualquier aclaración no dudeis en contactar con nosotros